Este programa contempla la aplicación del plan 20 o plan de revitalización urbana en materia de seguridad y defensa; vigilancia permanente por el buen orden de la ciudad, particularmente en el boulevard de la av. 20 , así como sus zonas adyacentes; ejercer acciones dirigidas a evitar que cualquier individuo infrinja las disposiciones establecidas en el ordenamiento jurídico municipal sobre el uso y conservación de los espacios públicos .
Estará a cargo del comando unificado de segridad plan 20, creado en convenio suscrito el 22 de mayo del año 2007, entre la Alcaldía del Municipio Iribarren, la Gobernación del Estado Lara, la XIII Brigada de Infanteria, la Guarnición Militar de Barquisimeto y el Comando Regional n° 4 de la Guardia Nacional; tendrá entre otras atribuciones, las siguientes:
- Mantener la vigilancia continua con el proposito de velar por el buen orden y seguridad urbana y de la ciudadania que debe prevalecer en la Ciudad de Barquisimeto y muy particularmente en el Boulevard de la av 20, eje comercial de esta Ciudad, así como sus carreras adyacentes comos son las carreras 19 y 21 y las calles transversales desde la Av. Vargas hasta la Av. Romulo Gallegos.
- Ejercer todas las acciones dirigidas a evitar que cualquier indiviuo infrinja las disposiciones normativas previstas en el ordenamiento jurídico Municipal sobre el uso y conservación de los espacios públicos, o bien a restituir de manera inmediata el orden público urbano que haya sido vulnerado, haciendo uso para ello de los mecanismos y herramientas que le da el detentar la fuerza pública, observando siempre el cumplimiento de este deber, los derechos humanos y las garantías constitucionales reconocidas a los ciudadanos y ciudadanas.
- Vigilar que los representantes del sector comercial formal, realicen un adecuado uso de los espacios públicos adyacentes a los locales comerciales en los cuales explotan su actividad económica y realizar todas las acciones necesarias para el mantenimiento y conservación de los mismos.
- Realizar las denuncias ante el Ministerio Público o Tribunal de Control que corresponda, de aquellos hechos que constituyan tipos delictivos de conformidad con el código penal Venezolano vigente y el código organico pocesal penal.