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Trámite - Constancia de No Contribuyente

 

¿Quienes pueden solicitarlo?

  Personas Naturales o Jurídicas.

 

¿Dónde debes dirigirte?

  En el Servicio Autónomo de Administración Tributaria (SEMAT).

 

¿Qué documentos se obtienen?

 

¿Cuando se presenta?

 

Requisitos:

  • Cancelar Tasa Administrativa de 1/2 U.T en cualquiera de las Oficinas Receptoras de Impuestos.

  • Anexar original y copia del recibo que le entreguen en el Banco después de cancelar.

  • Anexar copia de la Cédula de Identidad.

  • Anexar si es necesario autorización desde el momento de introducir la solicitud, con huellas dactilares y fotocopia de la Cédula Identidad ampliada legible y vigente, tanto de la persona que esta autorizando como el autorizado.

  • Introducir por las taquillas de la Oficina de Atención al Contribuyente y al Inversionista (OACI-SEMAT), ubicada en la Torre David Semi Sótano.

  • Anexar número telefónico.

 

Pasos a seguir para realizar el Trámite:

  •  Reúna los requisitos. 

  •  Diríjase a el SEMAT.

   Reciba y conserve el número de solicitud del Trámite.

  •  Retirar Autorización por el SEMAT en el tiempo indicado.

 

Descargar Formulario(s):

  • Constancia de No Contribuyente

 

Ordenanzas Aplicables:

   Ordenanza